Bruselas rechaza elaborar una legislación específica para la definición de los Servicios Públicos (SSPP) y para protegerlos de las reglas de competencia del mercado interno.
En una rueda de prensa celebrada el pasado 20 de noviembre, El Presidente de la Comisión Europea , Durao Barroso, presentó una nueva Comunicación sobre el Mercado Interior de la UE, en la que se anunciaban las medidas que la Comisión adoptaría para consolidar y reforzar el mercado único y afrontar con éxito los retos del siglo XXI. Según Barroso, este mercado único ha jugado un papel primordial en el suministro efectivo y equitativo de los servicios públicos en la UE, sin aportar, claro está, ningún dato que confirmara esta sorprendente declaración.
En el mismo acto, tras una intervención del Comisario de Mercado Interior, McCreevy, en la que se volvieron a cantar las excelencias de este mercado único y lo ricos que nos ha hecho a todos los europeos (olvidando aclarar en que proporción se ha distribuido esta riqueza), le tocó el turno al Sr. Spidla, Comisario de Asuntos Sociales, quien anunció la adopción por parte de la Comisión de sendas Comunicaciones sobre Servicios de Interés General (SIG) - incluyendo en ella a los Servicios Sociales de Interés General (SSIG, que es como se refiere vergonzantemente la Comisión a los SSPP ) - y sobre “oportunidades, acceso a las mismas y solidaridad” en el marco de la realidad social europea. Ambas serían la base para la renovación de la agenda social para 2008 y reforzarían la pretendida dimensión social del mercado único.
Con respecto a las peticiones formuladas por diversos agentes sociales- entre ellos la Confederación Europea de Sindicatos mediante una campaña de recogida masiva de firmas- sobre la necesidad de que la Comisión adoptara, mediante la correspondiente Directiva, una legislación específica sobre SIG, que permitiera una definición amplia de los mismos a nivel europeo y la correspondiente protección frente a las normas de competencia que rigen en el mercado interior, Spidla ha manifestado que los mandatarios de la UE han acordado resolver esta importante cuestión mediante la inclusión de un nuevo artículo 14 en el Tratado de Reforma y el añadido de un protocolo anexo al mismo, sobre la base de la Comunicación sobre SIG mencionada anteriormente. Estas medidas se consideran suficientes para dotar de un nuevo marco a los SIG y disipar cualquier incertidumbre jurídica, adelantando, eso sí, que se implantará un servicio de información interactivo vía Internet para aclarar posibles dudas.
Esta decisión significa que la Comisión no intentará definir los SIG a nivel europeo (tales como sanidad, educación, o vivienda social) ni las circunstancias bajo las cuales quedarían exentos de la aplicación de las normas de competencia. Serán, en su lugar, los Estados Miembros los que definirán y aplicarán las leyes nacionales correspondientes para la prestación de los SSPP, bajo la condición expresa de que las actividades del sector público que se consideren comerciales (la gran mayoría de los SSPP, según la Comisión) quedarán sujetos a los principios de competencia.
Esta medida, aunque temida, ha causado un profundo disgusto entre los diversos agentes sociales, especialmente sindicatos y movimientos sociales, que propugnaban una legislación específica para mayor seguridad jurídica y protección de servicios tan esenciales para la cohesión social, como se hizo patente durante los debates promovidos por la UE el pasado año, con motivo de la ley general sobre servicios, denominada coloquialmente directiva Bolkestein, en el que estos agentes sociales argumentaron que esta directiva no proveía una clara definición del concepto de “interés general”, clave para poder distinguir entre los distintos tipos de servicios y salvaguardar los que promovieran este interés de las leyes del mercado interno.
Así, el secretario general de la CES, John Monks, manifestaba que la Comisión está utilizando el mencionado protocolo como excusa para no hacer nada, ya que este protocolo no ofrece la suficiente claridad legal para los suministradores de SSPP ni la necesaria protección de los mismos frente a los objetivos de lucro propios de las leyes de mercado y competencia que rigen el mercado interno. Denunciaba Monks que la Comisión hubiera hecho caso omiso de las más de 500.000 firmas recogidas por la CES exigiendo una directiva sobre SSPP, y lamentaba el apoyo prestado en su día por los sindicatos que representa a la constitución del mercado único, puesto que la Comisión no había cumplido el compromiso de reforzar la dimensión social de la UE y había dedicado exclusivamente sus esfuerzos a la liberalización y privatización de todos los servicios.
Otros movimientos sociales, como la Plataforma Social, aunque aceptan el principio general de que sean los estados miembros los que definan las reglas de los SSPP, expresan el temor de que sus competencias en este sentido vengan seriamente limitadas por las leyes de competencia del mercado interno se deba a acudir, en caso de conflicto, al veredicto del Tribunal Europeo de Justicia, de un marcado talante neoliberal.
Este temor se corrobora por las recientes declaraciones de Barroso , en las que considera que la amplia mayoría de servicios de interés general constituyen actividades económicas y deben quedar sujetas a las normas de la competencia, aunque reconozca que las actividades propias de los SIG sean “esenciales para la vida cotidiana de ciudadanos y empresas y reflejen el modelo social europeo “ y que “será responsabilidad de las autoridades públicas el decidir sobre la naturaleza y alcance de los SIG, sean o no económicos, y la sujeción de los mismos a las obligaciones propias de los SSP, tales como el acceso universal” .
Incluso importantes fuerzas políticas del Parlamento Europeo han manifestado su desacuerdo con esta decisión de la CE. Así, el Partido socialista Europeo, PSE, insiste en la necesidad de una legislación especial para los SSPP y considera que el mencionado protocolo podría ser la base para ello, manifestando que seguirá apoyando la campaña actual promovida por la CES. Incluso el Partido Popular Europeo, que ha apoyado plenamente la Comunicación sobre reforzamiento del mercado interno cara al siglo XXI, comparte la necesidad de una legislación específica para los SSPP.
Es de lamentar que las energías desplegadas por la CES en esta campaña, a la cual se adhirió ATTAC, no se emplearan en su día en rechazar la famosa Directiva Bolkestein, que ha insistido en la consabida tendencia de liberalización y privatización de servicios y que ha introducido una gran inseguridad jurídica en la prestación de los SSPP, y que se dejaran seducir de nuevo por los cantos de sirena de la Comisión, que, tal como hizo cuando se aprobó la constitución del mercado interno, prometió ocuparse “posteriormente “ de proteger debidamente los SSIG, faltando, como ya es proverbial, a sus promesas una vez alcanzados los objetivos deseados
Asimismo resulta poco convincente el desagrado y la sorpresa de las principales fuerzas políticas europeas, especialmente el PSE, con esta decisión de la CE tras el apoyo masivo prestado por las mismas a la aprobación de la D. Bolkestein y, en la actualidad, al Tratado de Reforma de la UE, que consagra la aplicación de normas de competencia real y no falseada a la producción, circulación y prestación de bienes y servicios en el mercado único de la UE.
Comisión Estatal de Servicios Públicos de Attac España
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